Lo que esconde Mulino sobre la minería en Panamá


El 28 de noviembre de 2023. Esa fecha quedó grabada en la memoria colectiva de Panamá como el día en que la justicia, por una vez, estuvo del lado de la gente. Ese día, el Pleno de la Corte Suprema de Justicia, por decisión unánime de sus nueve magistrados, declaró inconstitucional la Ley 406 del 20 de octubre de 2023, el contrato-ley que entregaba a la empresa Minera Panamá, S.A. (filial de la canadiense First Quantum Minerals) la explotación de la mina de cobre a cielo abierto más grande de Centroamérica por 20 años, prorrogables por 20 más .


Hoy, dos años después, el panorama es desolador, no solo por el pasivo ambiental que la mina dejó en Donoso, Colón, sino por la pasividad cómplice de quienes debían actuar. El gobierno de José Raúl Mulino coquetea abiertamente con la re-apertura de la mina, ignorando que la Corte no solo tumbó un contrato: estableció una doctrina jurídica que pone los derechos humanos y de la naturaleza por encima de cualquier negocio.


LA DOCTRINA QUE MULINO QUIERE ENTERRAR

Antes de hablar de responsables y de la actual deriva del gobierno, es imperativo entender qué dijo realmente la Corte Suprema. No fue un fallo menor. No fue un tecnicismo. Fue una profunda reforma jurídica silenciosa de 234 páginas que estableció, para siempre, que en Panamá los Derechos Humanos no se negocian. Y eso lo logró el pueblo panameño patriota Demócrata en las calles presionando a los tomadores de decisión.

La sentencia, con ponencia de la magistrada María Eugenia López Arias, identificó 25 infracciones directas a artículos de la Constitución Política y normas de Derecho Internacional . Pero lo realmente trascendental no fue el número, sino la jerarquía que estableció.

En la página 233 del fallo, la Corte fue diáfana:

"Realizada la ponderación de los valores constitucionales en colisión, este tribunal constitucional quiere reafirmar la regla de juicio que se convierte en mandato de optimización y que surge como resultado del análisis de la controversia constitucional, la cual es que la protección del derecho a la vida, a la salud y al medio ambiente de las futuras generaciones tiene prevalencia sobre cualquier otro derecho de naturaleza económica, incluyendo el derecho a la inversión" .

Traducción para el gobierno de Mulino: NO, no se puede anteponer negocios a la vida de las personas. NO, no se puede amenazar con arbitrajes internacionales para doblegar la voluntad soberana de un país. NO, los derechos humanos no están en venta.

Pero hay más. La Corte incorporó a su argumentación la Ley 287 de 2022, la ley que reconoce los Derechos de la Naturaleza en Panamá. El fallo aplicó esta ley para determinar que el contrato minero violaba el derecho de la naturaleza a ser protegida, a restaurarse y a regenerar sus ciclos vitales . La mina, ubicada en el corazón del Corredor Biológico Mesoamericano, en una zona de selva tropical costera que abastece de agua dulce a toda la región, era, por definición, una agresión ilegal contra un sujeto de derechos: la naturaleza misma.

¿Se puede someter a referéndum el derecho a respirar?

Esta es la pregunta incómoda que oligarcas políticos y económicos no quiere responder. Durante el debate del contrato, algunos sectores (hoy alineados con la reapertura) llegaron a sugerir que era un tema que debía resolverse en las urnas. La Corte, implícitamente, tumbó esa falacia.

El fallo equipara el derecho a un ambiente sano con el derecho a la vida. Son derechos fundamentales, no concesiones graciables del Estado. Someter a referéndum si un río puede ser contaminado o si un niño puede vivir cerca de metales pesados es tan absurdo como preguntar en las urnas si un ciudadano tiene derecho a existir.

El voto popular no puede decidir sobre derechos inalienables. Eso es el ABC del constitucionalismo moderno. Y, sin embargo, el gobierno de Mulino actúa como si ese ABC no existiera, como si el fallo de 2023 fuera una hoja de papel mojado.

La Corte Suprema de Justicia, al declarar la inconstitucionalidad del Contrato Ley 406 en noviembre de 2023, no solo evaluó cláusulas ambientales o económicas, sino que reafirmó que los derechos fundamentales y la soberanía no son temas sujetos a negociaciones políticas de turno.


CRONOLOGÍA DE UNA ESTAFA (Y DE UNA RESISTENCIA)

Para entender la magnitud de la impunidad actual, hay que repasar cómo llegamos hasta aquí. No fue un accidente. Fue un plan meticulosamente ejecutado por varios gobiernos para beneficiar a una transnacional a costa del pueblo panameño.

1997: La semilla podrida
El 26 de febrero de 1997, mediante la Ley 9, el Estado panameño otorga una concesión a la empresa Minera Petaquilla S.A. para explotar minerales en Donoso, Colón. El contrato se firma sin licitación pública y sin estudios de impacto ambiental . Desde su nacimiento, es ilegal.

2009-2017: La primera demanda
En 2009, la sociedad civil, cansada de la ilegalidad, presenta una demanda de inconstitucionalidad contra la Ley 9. Pasan ocho largos años. El sistema de justicia, presionado o simplemente incompetente, no resuelve.


Diciembre de 2017: El primer fallo... que escondieron
Finalmente, en diciembre de 2017, la Corte Suprema declara inconstitucional la Ley 9. La razón esencial: la ausencia de licitación pública competitiva. Los intereses de Panamá no estaban protegidos .

Pero ocurre algo bochornoso. El fallo es escondido. Permanece en la oscuridad, sin publicarse en la Gaceta Oficial, para que la mina siguiera operando como si nada. Esta "vergonzosa conducta", como la califica el abogado Rodrigo Noriega, solo se terminó gracias a las gestiones del entonces Procurador de la Administración, Rigoberto González Montenegro, que logró que se publicara... en 2021 . Cuatro años de retraso deliberado.

Mientras tanto, tanto el gobierno de Juan Carlos Varela (2014-2019) como el de Laurentino Cortizo (2019-2024) permitieron que la empresa siguiera extrayendo minerales, ignorando olímpicamente que un tribunal supremo había declarado ilegal el título que amparaba esa explotación .

2022-2023: La negociación en la sombra
En enero de 2022, a espaldas del país, el gobierno de Cortizo inicia negociaciones con Minera Panamá para un nuevo contrato . En marzo de 2023, anuncian un acuerdo. Todo en secreto.

Cuando finalmente el proyecto de ley llega a la Asamblea Nacional, el proceso es una farsa. Los promotores del contrato tienen entrada privada en el parlamento y son recibidos "con boquitas". A los opositores se les limita la palabra. Afuera, la Policía reprime cualquier protesta.

20 de octubre de 2023: La noche que encendió la pradera
A pesar del rechazo masivo, la Asamblea Nacional aprueba la Ley 406 en tiempo récord (72 horas de debate exprés) y el presidente Cortizo la sanciona esa misma noche . Panamá explota. Comienzan las protestas más grandes en décadas, con bloqueos en la Panamericana, paros nacionales y una juventud que no estaba dispuesta a vender su futuro.
28 de noviembre de 2023: El día que Panamá ganó

Apenas 35 días después de recibir la primera demanda (la del abogado Juan Ramón Sevillano Callejas, el mismo que demandó el contrato de 1997), la Corte Suprema dicta sentencia. Unánime. Contundente. La Ley 406 es expulsada del ordenamiento jurídico .

El presidente Cortizo, en un gesto de supervivencia política, dice que acatará el fallo y anuncia el inicio de un "cierre ordenado y seguro" de la mina .


LOS PERSONAJES 
Esta historia no es abstracta. Tiene nombres, apellidos y cargos. Estos son los actores principales de la trama que llevó a Panamá al borde del colapso y de quienes, dos años después, no hemos visto rendición de cuentas. Desde el presidente Ernesto Perez Balladares, Mireya Moscoso y todos los posteriores.

Juan Carlos Varela (Expresidente): Su gobierno permitió que la mina operara con un contrato ya declarado inconstitucional en 2017, mientras el fallo se "extraviaba".

Laurentino Cortizo (Expresidente): Su gobierno negoció en secreto el nuevo contrato, lo aprobó a espaldas del pueblo y, aunque al final dijo acatar el fallo, su negligencia nos costó semanas de crisis social.

Los diputados de la Asamblea Nacional (2023): Aquellos que votaron a favor de la Ley 406. La Corte archivó las denuncias penales contra ellos por "falta de prueba idónea" . Pero la historia los juzgará. Sus nombres están en el acta de votación. Son responsables de haber intentado legalizar lo ilegalizable.


Los empresarios
Minera Panamá, S.A. / First Quantum Minerals: La transnacional que operó durante años en un limbo legal, que presionó para mantener el negocio a toda costa, y que ahora, según su jefe en Panamá, Manuel Aizpurua, advierte que la naturaleza está "atacando" los equipos y que urge tomar una decisión .

El nuevo protagonista: José Raúl Mulino
El actual presidente. El hombre que tiene en sus manos la decisión de cumplir la ley o violentarla.


MULINO Y LA DERIVA INCONSTITUCIONAL

Llegamos al presente. El gobierno de José Raúl Mulino está dando señales claras, inequívocas, de que quiere reabrir la mina de Cobre Panamá. Y lo hace con un discurso tramposo que merece ser desmontado línea por línea. Pero no sólo una mina, sino que vía el mismo método que busca reabrir la mina de Donoso, también busca abrir la mina de Cerro Colorado, en la Comarca Ngabe Buglé y otros proyectos del país.

Las señales de humo

Desde que asumió el poder, Mulino ha enviado múltiples mensajes que encienden las alarmas:

Reactivación de la planta de energía: El gobierno ordenó que la planta eléctrica de la mina volviera a operar .

Venta del concentrado de cobre: Se autorizó la venta de concentrado de cobre almacenado por un valor aproximado de 250 millones de dólares .


Declaraciones públicas ambiguas: El 20 de junio de 2025, Mulino afirmó que la reapertura "no está próxima", pero añadió que los extrabajadores "tienen razón" y que se decidirá "en función del interés nacional" . Días antes, había soltado una frase escalofriante: "¿Con qué criterio puedo decirle yo, como presidente de la República, puedo decirle al país: 'adiós a la mina, no va haber mina porque cinco gatos que no pagan una planilla no quieren mina?'" .

Esa frase es una bofetada a los mayorías de ciudadanos que se tomaron las calles durante semanas, a los jóvenes que arriesgaron su integridad física. Llamar "cinco gatos" al movimiento social más grande de la historia reciente de Panamá es un acto de soberbia y de desconexión con la realidad.

El discurso económico tramposo
Mulino y los grupos empresariales (como la Cámara Minera de Panamá, cuyo presidente, Roderick Gutiérrez, pide la reactivación) esgrimen un argumento: la economía necesita la mina. La mina representaba el 5% del PIB y generaba, según cifras, unos 37,000 empleos directos e indirectos .

Es un argumento falaz por donde se le mire.

Primero:
La Encuesta de Mercado Laboral del Instituto Nacional de Estadística y Censo registró para “explotación de minas y canteras” un total de 9,363 ocupados en agosto de 2023, de los cuales el proyecto de cobre Panamá representaba menos de 3,400 cotizantes en la Caja de Seguro Social, en el mejor momento del proyecto. La economía panameña creció un 2.9% en 2024, el primer año completo sin la mina . ¿Colapsamos? No. ¿Son esas dificultades excusa para violar la Constitución? Rotundamente no. El tamaño de la mentira es igual al nivel de corrupción de este proyecto.

Segundo: la minería a cielo abierto genera daños irreversibles, no importa si la operación es estatal, privada o mixta, bien lo dejó claro el fallo de la Corte . El daño ecológico es intrínseco a la actividad.

Tercero: ¿Dónde está el beneficio para las comunidades aledañas? Abelisario Rodríguez, residente de Río Caimito, cerca de la mina, lo dijo con claridad: a pesar de la presencia minera, su comunidad aún carece de servicios básicos como electricidad, agua potable, centro de salud y escuela. La riqueza se fue, la contaminación se quedó y sumada a la pobreza, mayores niveles de desigualdad y exclusión socio ambiental. 

¿Por qué es ilegal e inconstitucional reabrir la mina?

Vamos a los argumentos jurídicos, que son los que deberían importar en un Estado de Derecho.

La Ley 406 no existe: Fue expulsada del ordenamiento jurídico. No hay contrato. No hay concesión. El título que amparaba la operación de Minera Panamá es inexistente.

La moratoria minera está vigente: En 2023, en paralelo a la crisis, la Asamblea aprobó una moratoria sobre la minería metálica en Panamá . Esa ley sigue vigente. No se puede otorgar una nueva concesión aunque se quisiera.

La doctrina de la Corte es vinculante: El fallo de 2023 no solo eliminó una ley. Estableció una regla de interpretación constitucional: los derechos a la vida, la salud y el medio ambiente de las futuras generaciones prevalecen sobre cualquier derecho económico.

Los Derechos de la Naturaleza: La Ley 287 de 2022 reconoce a la naturaleza como sujeto de derechos. La zona de Donoso, parte del Corredor Biológico Mesoamericano, tiene derechos que el Estado está obligado a proteger. Permitir la minería a cielo abierto es violar esos derechos.

Cualquier intento de reabrir la mina, bajo cualquier fórmula (estatal, mixta, nueva concesión, asociación público-privada), choca de frente con todo este entramado jurídico. Sería, simple y llanamente, inconstitucional. Un golpe al Estado de Derecho.


¿DÓNDE ESTÁN LOS RESPONSABLES? EL LLANTO DE LA IMPUNIDAD

Si el fallo de 2023 fue tan claro, si la Corte identificó 25 infracciones, si todo el proceso de negociación y aprobación del contrato fue una burla a la ley, ¿dónde están los procesos penales?

Esta es la pregunta que ningún funcionario del gobierno de Mulino ni del Estado panameño ha respondido con la profundidad necesaria. Vamos a hacerlo ahora.

La responsabilidad penal de los funcionarios del Ejecutivo

Los ministros, viceministros y asesores que negociaron el contrato con Minera Panamá entre 2022 y 2023 conocían el historial. Sabían que en 2017 la Corte había declarado inconstitucional el contrato anterior precisamente por falta de licitación. Y aun así, repitieron el mismo patrón: contratación directa, sin concurrencia de oferentes, sin un Estudio de Impacto Ambiental (EIA) actualizado.

La propia sentencia lo califica como una "afrenta a la separación de poderes" que se negociara un nuevo contrato incurriendo en los mismos errores(no hay casualidades) . Esa frase es un salvoconducto para la Fiscalía. Es la constatación, por parte del máximo tribunal, de que hubo dolo, de que los negociadores actuaron con pleno conocimiento de que estaban violando la ley.

Delitos posibles: Abuso de autoridad (Artículo 339 del Código Penal) y negociación incompatible (Artículo 340). Si se logra probar que algún funcionario tenía interés personal en el contrato (algo que debería investigarse), estaríamos ante corrupción agravada.


La responsabilidad penal de los diputados

Es cierto: la Corte Suprema archivó las denuncias contra los diputados por "falta de prueba idónea"(una excusa que usan siempre para tapar delitos a diputados) . Pero esto no es una declaración de inocencia. Es un filtro procesal. Significa que las denuncias presentadas no cumplían con los requisitos formales del artículo 487 del Código Procesal Penal.

Eso no cierra la puerta a nuevas denuncias, mejor fundamentadas, que demuestren que los diputados votaron a sabiendas de que estaban aprobando una ley inconstitucional. El voto parlamentario no es un cheque en blanco para violar la Constitución.

La omisión actual: La Fiscalía y la Corte Suprema

Desde noviembre de 2023, la Fiscalía General de la Nación ha brillado por su ausencia(ahora en manos de un empleado del bufete personal de José Raúl Mulino). No se conocen investigaciones de oficio contra los negociadores del contrato. No se conocen imputaciones contra los ministros del gobierno de Cortizo que participaron en la trama.

Esto es inaceptable. Los delitos contra la administración pública no requieren denuncia de un particular para ser investigados. Son delitos perseguibles de oficio. La Fiscalía tiene la obligación legal y moral de actuar.

Y hay más. La Corte Suprema, en su función de tribunal de garantías, debería estar velando por el cumplimiento de su propio fallo. Si el Ejecutivo da pasos para reabrir la mina, si se negocia a espaldas de la ley, la Corte tiene mecanismos para hacer cumplir lo resuelto. El silencio es cómplice.


LO QUE DEBE PASAR (Y NO ESTÁ PASANDO)

La impunidad no es inevitable. Se combate con acción.

Investigación penal de oficio
La Fiscalía General debe abrir una investigación penal contra todos los funcionarios del Órgano Ejecutivo que participaron en la negociación y aprobación del contrato-ley de 2023. Los nombres son conocidos: los ministros de Comercio, de Economía, de la Presidencia de la era Cortizo. También los asesores legales que avalaron la ilegalidad.

Debe investigarse si hubo cohecho, si hubo negociación incompatible, si hubo asociación ilícita para delinquir. La mina movía miles de millones de dólares. Es ingenuo pensar que todo se hizo por "error".


Defensa activa del Estado en los arbitrajes
First Quantum amenazó con demandar a Panamá ante el CIADI (Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones). El Estado debió defenderse con uñas y dientes, utilizando el propio fallo de la Corte Suprema como escudo: no se puede reclamar una "expropiación" cuando la inversión se basaba en un contrato declarado inconstitucional por violar derechos humanos. Pero en la práctica el gobierno actúa como una extensión de la empresa minera, dejando que realice actividades que no puede realizar como controlar territorios y vías de comunidades alrededor del proyecto minero, cuando ya no tiene concesión, afectando Derechos de comunidades que viven en el área como el libre tránsito.


EL LEGADO DEL FALLO Y LA BATALLA POR EL FUTURO

El 28 de noviembre de 2023, Panamá dio una lección al mundo. Una Corte Suprema, presionada por un pueblo en las calles reclamando su soberanía en la defensa de los recursos estratégicos para la vida en el territorio donde habita llamado Panamá, se atrevió a decir que los derechos humanos están por encima del egoísmo, del poder las grandes transnacionales y sus mercenarios. Estableció que la naturaleza tiene derechos. Puso un límite al extractivismo depredador.

Ese fallo es hoy un estorbo para el gobierno de Mulino. Un estorbo para los supuestos "empresarios" que quieren recuperar sus negociados corruptos. Un estorbo para los políticos corruptos que nunca entendieron que gobernar no es administrar negocios, sino velar por el bien común. Un estorbo para periodistas, influencer...prepagos que carecen de dignidad porque tienen precio.

Pero para el pueblo panameño, para las comunidades de Donoso, para los jóvenes que movilizaron y movilizan el país, para los niños y niñas que tendrán que vivir en el planeta que les dejemos, ese fallo es un escudo civilizatorio con el desarrollo depredador.

Y hay que defenderlo con la misma fuerza con que se conquistó.

El gobierno de Mulino debe saberlo: cualquier paso hacia la reapertura de la mina de cobre, y otras minas, a cielo abierto será recibido con la misma resistencia que en 2023. No habrá contrato que valga, no habrá arbitraje que intimide, no habrá discurso económico que convenza.

Porque lo que está en juego no es el PIB. Lo que está en juego es el derecho a la vida. Y ese, señor presidente, no se somete a referéndum.



Anexo: Cronología mínima para no olvidar

FechaEvento
Febrero 1997Se firma el primer contrato con Minera Petaquilla (Ley 9), sin licitación
2009Se presenta primera demanda de inconstitucionalidad
Diciembre 2017Corte declara inconstitucional la Ley 9, pero esconden el fallo
2021Se publica el fallo de 2017 tras gestiones del Procurador
Enero 2022Gobierno de Cortizo inicia negociaciones secretas con Minera Panamá
Marzo 2023Se anuncia el acuerdo para nuevo contrato
Octubre 2023Asamblea aprueba la Ley 406 en 72 horas; estallido social
28 noviembre 2023Corte declara inconstitucional la Ley 406 por unanimidad
2024-2025Gobierno de Mulino da señales de querer reabrir la mina



Redacción del Equipo de investigación socioambiental multidisciplinario de la FETEP.

Este artículo puede ser reproducido libremente citando la fuente.

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