Si eres Director de Escuela y ha sido presionado por funcionario de MEDUCA para sancionar a Docentes


Muchos directores de escuela han denunciado que reciben visitas de abogados y altos funcionarios del Ministerio de Educación amenazándolos(lo cual es acoso y es un delito) para que firmen resolución de sanción a docentes que ejercen su Derecho a Huelga.


Circular: 7/01/2025
Asunto: Procedimientos legales, derechos fundamentales y actuación ante intervenciones irregulares en centros educativos
Dirigida a: Directores(as) de Centros Educativos Oficiales y Personal Docente


Estimadas Directoras y estimados Directores:

Por medio de la presente, queremos brindar una explicación pedagógica y orientadora sobre el contenido del documento titulado “Informe de Hecho”, el cual responde a una serie de situaciones que se han venido reportando en diversos centros educativos del país. Esta circular tiene como propósito fortalecer la comprensión legal y política de los hechos descritos, así como aclarar los derechos, deberes y rutas de actuación ante intervenciones institucionales que podrían ser irregulares o violatorias del marco normativo nacional e internacional.


1. ¿Qué está ocurriendo?

Se ha reportado que funcionarios del Ministerio de Educación (MEDUCA) están visitando centros educativos con el objetivo de que las direcciones escolares:

  • Firmen resoluciones por presunto abandono de cargo, sin haber iniciado investigaciones formales ni expedientes disciplinarios.

  • Entreguen listados de docentes que ejercen su derecho constitucional a huelga.

  • Sean advertidos de que podrían enfrentar sanciones o represalias si no colaboran con estas exigencias.

Este tipo de conductas no solo son administrativas y legalmente incorrectas, sino que afectan derechos fundamentales, entre ellos el debido proceso, la libertad sindical, la defensa laboral y la libertad de expresión.


2. ¿Por qué esto es grave?

Porque se está presionando a los directores para que firmen documentos sin base legal y para que colaboren en acciones que podrían ser consideradas como coacción, discriminación laboral o abuso de autoridad. Además, se pretende usar su figura para legitimar acciones punitivas sin procedimiento legal previo.


3. ¿Qué dice la Ley Panameña?

Según la Ley 47 de 1946 (Orgánica de Educación), ningún director(a) está obligado a firmar documentos sin que exista una investigación previa, notificación formal, derecho a defensa y pliego de cargos fundamentado. Cualquier sanción sin cumplir este procedimiento es ilegal y nula de pleno derecho.

El Código Penal también establece que el abuso de autoridad es un delito, y podría comprometer la responsabilidad de quien lo comete y de quien lo consiente.


4. ¿Qué dicen los tratados internacionales?

Panamá es signataria de la Convención Americana de Derechos Humanos y de los Convenios 87 y 98 de la OIT, que reconocen el derecho de los trabajadores a:

  • Asociarse libremente y ejercer la huelga.

  • No ser objeto de represalias por ejercer estos derechos.

  • Recibir protección contra la discriminación por razones sindicales o políticas.

Esto significa que ningún docente puede ser sancionado por hacer huelga, y ningún directivo está obligado a participar en acciones que atenten contra ese derecho.


5. ¿Cómo actuar correctamente?

Ante la presencia de funcionarios que pretendan aplicar medidas ilegales, usted debe:

  • No firmar ningún documento que carezca de sustento legal, ni avalar actos administrativos que no hayan seguido el debido proceso.

  • Levantar un informe escrito detallando lo ocurrido, como el modelo adjunto (Informe de Hecho), incluyendo nombres, cargos, fecha, contenido de lo solicitado y posibles testigos.

  • Notificar inmediatamente a la Dirección Regional, a su gremio y a instituciones de derechos humanos.

  • Enviar copia del informe a organismos como la Defensoría del Pueblo, la Procuraduría de la Administración, y a instancias internacionales como la CIDH.


6. ¿Qué protege al director o directora en estos casos?

Usted cuenta con respaldo legal nacional e internacional. No está obligado a colaborar con actuaciones que violenten derechos humanos. Como funcionario público, su deber principal es cumplir la ley y proteger los derechos de los trabajadores bajo su responsabilidad. No puede ser sancionado por negarse a ser instrumento de una arbitrariedad.


7. Palabras finales

Vivimos tiempos complejos donde el diálogo, la legalidad y la defensa de derechos fundamentales deben prevalecer por sobre las imposiciones dictatoriales del régimen de José Raúl Mulino y Lucinda Molinar. Esta circular busca empoderarle con criterios jurídicos y políticos claros para actuar con responsabilidad, firmeza y ética.

Quedamos a disposición para cualquier consulta, asesoría o acompañamiento institucional.


¡Ni temor ni improvisación, solo legalidad y dignidad en la acción pública!

Con respeto y compromiso,
Coordinación de Comunicación Política y Legal Educativa


Se anexa: Modelo de Informe de Hecho para usted como Director de centro escolar lo use. DESCARGUE AQUÍ.


Difusión: Urgente, a todos los centros educativos oficiales del país.

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