Nota para Docentes a los que les anuncian suspensión se salario y cargo a través de edicto


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Explicación pedagógica de la nota:

La Nota de Oposición es un recurso administrativo y de derechos humanos que un/a docente puede presentar para defenderse legalmente frente a una medida arbitraria como la suspensión del salario y del cargo por participar en una huelga.

Se trata de una acción legítima de defensa administrativa, sustentada en normas nacionales e internacionales, que busca proteger los derechos del trabajador, el debido proceso y la libertad sindical.

¿Por qué es importante presentarla?

Porque en muchos casos el Ministerio de Educación ha ejecutado sanciones anticipadas, es decir, suspende salarios y funciones sin antes notificar, escuchar ni permitir defensa al docente. Eso viola:

  • La Constitución panameña

  • Las leyes nacionales como la Ley 38 de 2000 y la Ley 47 de 1946

  • Los convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT)

  • La Convención Americana sobre Derechos Humanos

⚖️ Puntos claves de la fundamentación legal

1. La huelga es un derecho constitucional

El Artículo 69 de la Constitución reconoce el derecho de huelga en Panamá. No distingue si se trata de trabajadores públicos o privados.

👉 Participar en una huelga no es una falta ni un delito, sino un derecho reconocido y protegido.


2. No se puede sancionar sin proceso

El Artículo 32 de la Constitución establece que nadie puede ser sancionado sin antes ser oído, notificado, ni vencido en un procedimiento legal. Esto es lo que se conoce como el debido proceso.

👉 Suspender salario o cargo antes de la notificación formal es ilegal y arbitrario.

3. La función de las autoridades es proteger derechos, no violarlos

El Artículo 17 de la Constitución dice claramente que todas las autoridades deben garantizar los derechos humanos. Emitir edictos que sancionan por ejercer derechos constitucionales es una contradicción directa con ese mandato.


4. La huelga no es una causal de sanción en la Ley Orgánica de Educación

La Ley 47 de 1946, que regula el sistema educativo panameño, no establece que hacer huelga sea motivo de suspensión ni de descuento salarial.

👉 Solo causas graves y específicas como corrupción, abandono total del puesto sin justificación o violencia justifican una medida de suspensión inmediata.

5. La OIT protege a los trabajadores que ejercen la huelga

Panamá ha ratificado los Convenios 87 y 98 de la OIT, que son de obligatorio cumplimiento. Estos convenios establecen que:

  • No se puede sancionar a un trabajador por participar en actividades sindicales o huelgas.

  • Toda sanción sin procedimiento es una forma de represión y discriminación laboral.

👉 La Comisión de Libertad Sindical de la OIT ha condenado estas prácticas en muchos países, incluyendo casos similares.

6. El sistema interamericano de derechos humanos exige debido proceso

El Artículo 8 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, ratificada por Panamá, garantiza que nadie puede ser afectado en su trabajo ni en su salario sin que se le respete el derecho de defensa.

👉 Una suspensión sin audiencia previa es una violación del sistema internacional de derechos humanos.

✅ ¿Qué solicita el docente en esta nota?

  1. Que se levante inmediatamente la suspensión arbitraria e ilegal.

  2. Que se anule el edicto que formaliza una sanción que ya se aplicó sin base legal.

  3. Que se respete el derecho a huelga, sin represalias ni castigos.

  4. Que se garantice el debido proceso, la estabilidad laboral y la presunción de inocencia.

📎 ¿Cómo usar esta nota?

  • Debe presentarse firmada y dirigida a la Dirección Regional de Educación correspondiente.

  • Es recomendable entregar copia a otras instituciones de derechos humanos como la Defensoría del Pueblo, la Coordinación Nacional de DDHH y la CIDH-REDESCA.

  • Solicita constancia de recibido y guarda copia con sello de entrada.

🧩 Consideraciones finales

Esta nota no es solo una defensa individual, sino también un instrumento colectivo de lucha por la dignidad docente, ante intentos de criminalizar el ejercicio de derechos constitucionales.

Presentar esta nota fortalece la resistencia legal, ética y política del docente panameño frente a prácticas represivas que vulneran los derechos laborales y humanos del gobierno de Mulino.


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